1. Transferencias de Inmuebles No Gravadas por Alcabala
- Transferencias que no conllevan la transmisión de propiedad: Por ejemplo, la cesión de derechos sobre inmuebles.
- Compras de inmuebles por entidades estatales: Incluye gobiernos centrales, regionales y locales.
- Valor del inmueble inferior a 10 UIT: Cuando el valor autovalúo del inmueble es menor a 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
- Primera venta de constructores: La primera venta realizada por la empresa constructora está parcialmente inafecta, pagando solo por el valor del terreno y no por la construcción.
2. Transferencias de Inmuebles Específicas Inafectas
- Anticipos de legítima: Transferencias realizadas como adelanto de herencia.
- Transferencias por testamento: Transferencias de inmuebles que ocurren por causa de muerte.
- División y partición de bienes heredados o gananciales: Incluye la partición entre copropietarios originarios.
- Transferencia de alícuotas entre herederos o copropietarios originarios: Transferencias de cuotas o derechos entre herederos o copropietarios que no implican un cambio en la titularidad original.
3. Adquisiciones de Inmuebles por Entidades Públicas
- Entidades exentas: Gobierno Central, gobiernos regionales y locales, gobiernos extranjeros y organismos internacionales.
- Entidades religiosas: Adquisiciones de inmuebles destinados a fines religiosos.
- Bomberos Voluntarios del Perú: Adquisiciones destinadas a sus fines.
- Universidades y centros educativos: Siempre que el inmueble sea utilizado exclusivamente para fines educativos.
4. Ventas de Inmuebles con Valor Inferior a 10 UIT
- Valor de venta y autovalúo: La venta no está gravada si el valor del inmueble es menor a 10 UIT y su valor de autovalúo ajustado no excede este monto.
5. Primera Venta por Empresas Constructoras
- Inafectación parcial: Solo se paga Alcabala por el valor del terreno, no por la construcción.
- Valor del terreno: Si el autovalúo del terreno es menor a 10 UIT, la primera venta está totalmente inafecta.
- Condiciones: La inafectación solo se aplica si la transferencia se realiza mediante contrato de compraventa y el inmueble no ha sido remodelado, ampliado o refaccionado.
Prescripción del Impuesto de Alcabala
- Prescripción de la deuda: Si han pasado más de 4 años desde la fecha de la minuta y no se ha exigido el pago, se puede solicitar la prescripción.
- Trámite: Se realiza en Mesa de Partes de las oficinas correspondientes.
Definición de Constructor para la Primera Venta
- Persona Jurídica: Incluye empresas, consorcios, patrimonios fideicometidos, entre otros.
- Persona Natural: Individuos que vendan inmuebles construidos por ellos mismos o por terceros y que sean habituales en estas operaciones.
Casos Prácticos
- Adulto mayor comprando por primera vez: Sí paga Alcabala, salvo que la compra sea de vivienda social.
- Persona de escasos recursos: Está exenta si la vivienda pertenece a programas Mivivienda o Techo Propio.
- Transferencias entre condóminos: Inafectas solo si son entre condóminos originarios.
- Compra de inmuebles para colegios: No paga Alcabala si el inmueble se destina exclusivamente a fines educativos.
- Prescripción adquisitiva: Generalmente no paga Alcabala, pero depende de la normativa local.
- Venta con pacto de reserva de dominio: Paga Alcabala en la primera venta, pero no en la transferencia posterior.
- Transferencias de derechos posesorios: Depende del criterio del notario, ya que no conlleva transmisión de propiedad.
Transferencias de Inmuebles Sujetas al Pago de Alcabala
- Contrato de compraventa
- Transferencia de propiedad sobre bienes futuros
- Contrato de permuta
- Contrato de donación
- Contratos con dación en pago
- Promesa unilateral
- Transferencias por procesos judiciales o remates
- Opción de compra derivada de arrendamiento financiero
- Transferencias por disolución y reorganización de sociedades
- Aportes para la constitución de sociedades o patrimonios autónomos
- Resoluciones de contratos por anticipo de legítima
- Ventas con reserva de dominio
Esta descripción resume de manera didáctica los casos en los que no se paga el Impuesto de Alcabala, proporcionando una guía clara y concisa para los lectores interesados en el tema.