Casos en los que No se Paga el Impuesto de Alcabala en el Perú

1. Transferencias de Inmuebles No Gravadas por Alcabala

  • Transferencias que no conllevan la transmisión de propiedad: Por ejemplo, la cesión de derechos sobre inmuebles.
  • Compras de inmuebles por entidades estatales: Incluye gobiernos centrales, regionales y locales.
  • Valor del inmueble inferior a 10 UIT: Cuando el valor autovalúo del inmueble es menor a 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
  • Primera venta de constructores: La primera venta realizada por la empresa constructora está parcialmente inafecta, pagando solo por el valor del terreno y no por la construcción.

2. Transferencias de Inmuebles Específicas Inafectas

  • Anticipos de legítima: Transferencias realizadas como adelanto de herencia.
  • Transferencias por testamento: Transferencias de inmuebles que ocurren por causa de muerte.
  • División y partición de bienes heredados o gananciales: Incluye la partición entre copropietarios originarios.
  • Transferencia de alícuotas entre herederos o copropietarios originarios: Transferencias de cuotas o derechos entre herederos o copropietarios que no implican un cambio en la titularidad original.

3. Adquisiciones de Inmuebles por Entidades Públicas

  • Entidades exentas: Gobierno Central, gobiernos regionales y locales, gobiernos extranjeros y organismos internacionales.
  • Entidades religiosas: Adquisiciones de inmuebles destinados a fines religiosos.
  • Bomberos Voluntarios del Perú: Adquisiciones destinadas a sus fines.
  • Universidades y centros educativos: Siempre que el inmueble sea utilizado exclusivamente para fines educativos.

4. Ventas de Inmuebles con Valor Inferior a 10 UIT

  • Valor de venta y autovalúo: La venta no está gravada si el valor del inmueble es menor a 10 UIT y su valor de autovalúo ajustado no excede este monto.

5. Primera Venta por Empresas Constructoras

  • Inafectación parcial: Solo se paga Alcabala por el valor del terreno, no por la construcción.
  • Valor del terreno: Si el autovalúo del terreno es menor a 10 UIT, la primera venta está totalmente inafecta.
  • Condiciones: La inafectación solo se aplica si la transferencia se realiza mediante contrato de compraventa y el inmueble no ha sido remodelado, ampliado o refaccionado.

Prescripción del Impuesto de Alcabala

  • Prescripción de la deuda: Si han pasado más de 4 años desde la fecha de la minuta y no se ha exigido el pago, se puede solicitar la prescripción.
  • Trámite: Se realiza en Mesa de Partes de las oficinas correspondientes.

Definición de Constructor para la Primera Venta

  • Persona Jurídica: Incluye empresas, consorcios, patrimonios fideicometidos, entre otros.
  • Persona Natural: Individuos que vendan inmuebles construidos por ellos mismos o por terceros y que sean habituales en estas operaciones.

Casos Prácticos

  • Adulto mayor comprando por primera vez: Sí paga Alcabala, salvo que la compra sea de vivienda social.
  • Persona de escasos recursos: Está exenta si la vivienda pertenece a programas Mivivienda o Techo Propio.
  • Transferencias entre condóminos: Inafectas solo si son entre condóminos originarios.
  • Compra de inmuebles para colegios: No paga Alcabala si el inmueble se destina exclusivamente a fines educativos.
  • Prescripción adquisitiva: Generalmente no paga Alcabala, pero depende de la normativa local.
  • Venta con pacto de reserva de dominio: Paga Alcabala en la primera venta, pero no en la transferencia posterior.
  • Transferencias de derechos posesorios: Depende del criterio del notario, ya que no conlleva transmisión de propiedad.

Transferencias de Inmuebles Sujetas al Pago de Alcabala

  • Contrato de compraventa
  • Transferencia de propiedad sobre bienes futuros
  • Contrato de permuta
  • Contrato de donación
  • Contratos con dación en pago
  • Promesa unilateral
  • Transferencias por procesos judiciales o remates
  • Opción de compra derivada de arrendamiento financiero
  • Transferencias por disolución y reorganización de sociedades
  • Aportes para la constitución de sociedades o patrimonios autónomos
  • Resoluciones de contratos por anticipo de legítima
  • Ventas con reserva de dominio

Esta descripción resume de manera didáctica los casos en los que no se paga el Impuesto de Alcabala, proporcionando una guía clara y concisa para los lectores interesados en el tema.